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art:critica_del_juicio

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art:critica_del_juicio [2015/08/23 11:13]
Joaquín Herrero Pintado [V - El principio de la finalidad formal de la naturaleza, es un principio trascendental del juicio]
art:critica_del_juicio [2019/09/19 09:14]
Joaquín Herrero Pintado [VI - De la unión del sentimiento del placer con el concepto de la finalidad de la naturaleza]
Línea 167: Línea 167:
   * **a priori**, porque el sujeto que funda en ellos sus juicios no tiene necesidad de ninguna experiencia ulterior para enlazar el predicado con el concepto empírico que posee, pues puede percibir perfectamente este enlace a priori.   * **a priori**, porque el sujeto que funda en ellos sus juicios no tiene necesidad de ninguna experiencia ulterior para enlazar el predicado con el concepto empírico que posee, pues puede percibir perfectamente este enlace a priori.
 ==== VI - De la unión del sentimiento del placer con el concepto de la finalidad de la naturaleza ==== ==== VI - De la unión del sentimiento del placer con el concepto de la finalidad de la naturaleza ====
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 ==== VII - De la representación estética de la finalidad de la naturaleza ==== ==== VII - De la representación estética de la finalidad de la naturaleza ====
  
art/critica_del_juicio.txt · Última modificación: 2019/09/19 09:15 por Joaquín Herrero Pintado