Herramientas de usuario

Herramientas del sitio


art:critica_del_juicio

Diferencias

Muestra las diferencias entre dos versiones de la página.

Enlace a la vista de comparación

Ambos lados, revisión anterior Revisión previa
art:critica_del_juicio [2019/09/19 09:14]
Joaquín Herrero Pintado [VI - De la unión del sentimiento del placer con el concepto de la finalidad de la naturaleza]
art:critica_del_juicio [2019/09/19 09:15] (actual)
Joaquín Herrero Pintado [V - El principio de la finalidad formal de la naturaleza, es un principio trascendental del juicio]
Línea 166: Línea 166:
   * el principio de la finalidad de la naturaleza (en la variedad de sus leyes empíricas),​ es un principio trascendental   * el principio de la finalidad de la naturaleza (en la variedad de sus leyes empíricas),​ es un principio trascendental
   * **a priori**, porque el sujeto que funda en ellos sus juicios no tiene necesidad de ninguna experiencia ulterior para enlazar el predicado con el concepto empírico que posee, pues puede percibir perfectamente este enlace a priori.   * **a priori**, porque el sujeto que funda en ellos sus juicios no tiene necesidad de ninguna experiencia ulterior para enlazar el predicado con el concepto empírico que posee, pues puede percibir perfectamente este enlace a priori.
 +
 +
 ==== VI - De la unión del sentimiento del placer con el concepto de la finalidad de la naturaleza ==== ==== VI - De la unión del sentimiento del placer con el concepto de la finalidad de la naturaleza ====
  
art/critica_del_juicio.txt · Última modificación: 2019/09/19 09:15 por Joaquín Herrero Pintado